La Ley derecho de formación deportiva ( Ley 27.211 )establece el pago entre instituciones deportivas en el momento en que un jugador que se formó en una Institución firma su primer contrato profesional en otra. Esta ley fue sancionada en 2015 y obliga a los clubes que adquieren un jugador joven a pagar el 5 % del contrato en bruto a la Institución que lo formó durante su niñez y adolescencia (entre los 9 y los 18 años). De esta manera la ley protege y reconoce el esfuerzo y dedicación de los clubes con menos recursos que son semilleros de los futuros líderes del deporte.
Esta ley es muy importante difundirla, ya que el reclamo de este pago puede realizarse dentro de una ventana de tiempo de dos años. Pasado ese tiempo se pierde la posibilidad de reclamar ese derecho. Cabe destacar que el pago del sitado derecho es entre clubes e instituciones, el jugador no tiene que pagar nada ni ve afectado su salario. El derecho de formación tiene que ver exclusivamente entre los clubes.
Con respecto al mecanismo de solidaridad para clubes podemos mencionar que este mecanismo está regulado por el Reglamento de FIFA cuya última modificación es de 2001. Cuando un futbolista es transferido o cedido a préstamo y aún tiene contrato vigente, el nuevo club del jugador debe repartir un 5% del monto del pase entre todos aquellos clubes que hayan participado de la formación del profesional. Esta contribución se realizará proporcionalmente, en función del número de años que el jugador ha estado inscripto en cada club durante las temporadas comprendidas entre los 12 y 23 años.
Entre los 12 y los 15 años se recibirá un 0.25% del total del pase (por año que estuvo en el club formador) y entre los 16 y 23 años un 0.5%.
Es importante conocer estos derechos indemnizatorios y evaluar qué derecho es más favorable aplicar a cada institución.